Cese de alimentos · Atención nacional

Abogado para cese de pensión de alimentos en Chile

Evaluación y representación para solicitar o controvertir el término de una pensión, considerando edad, estudios, trabajo, capacidad de subsistencia y demás circunstancias legales.

Defensa Legal de Familia, dirigida por David Marilaf Heyden, abogado y mediador familiar.

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La estrategia depende de lo que ocurre en tu caso

La vía adecuada se define según los hechos, los antecedentes disponibles y el estado de la causa. No se ofrecen respuestas automáticas ni resultados garantizados.

01

Revisión de la causal

Análisis de edad, estudios, actividad laboral, estado de salud y demás antecedentes relevantes para el derecho de alimentos.

02

Estado de la causa

Verificación de la resolución vigente, liquidaciones, pagos y eventual inscripción en el Registro Nacional de Deudores.

03

Mediación previa

Revisión y preparación del requisito de mediación antes de presentar la demanda de cese.

04

Demanda de cese

Preparación, presentación y tramitación de la acción ante el tribunal competente.

05

Defensa del alimentario

Contestación y acreditación de estudios, necesidades, discapacidad u otras circunstancias que mantendrían la obligación.

06

Cese provisorio

Evaluación de los antecedentes que permitirían solicitar una decisión temporal durante la tramitación.

Ruta del caso

Una tramitación ordenada desde el primer antecedente

Antes de presentar o responder una acción se revisa la situación jurídica completa y las actuaciones que realmente corresponden.

  1. 01

    Revisión jurídica

    Identificamos hechos, resoluciones, causas relacionadas y documentos relevantes.

  2. 02

    Requisitos previos

    Determinamos mediación, competencia, plazos y condiciones de procedencia.

  3. 03

    Presentación o defensa

    Preparamos la demanda, contestación, solicitud u oposición correspondiente.

  4. 04

    Seguimiento

    Realizamos las actuaciones contratadas e informamos avances y decisiones pendientes.

Preguntas frecuentes

Información general antes de decidir

Para aplicar estas reglas a una situación concreta es necesario revisar sus antecedentes y resoluciones.

01¿La pensión termina automáticamente a los 21 años?

No debe asumirse un término automático de la resolución vigente. Además, el derecho puede continuar cuando el hijo o hija estudia o cuando concurre alguna excepción legal.

02¿Hasta qué edad se pagan alimentos si está estudiando?

La regla general permite extenderlos hasta los 28 años cuando el alimentario estudia una profesión u oficio, sin perjuicio de revisar las circunstancias concretas.

03¿Trabajar siempre produce el cese?

No necesariamente. Debe evaluarse si existe independencia económica y cómo se relacionan el trabajo, los estudios, los ingresos y las necesidades del alimentario.

04¿La deuda desaparece si se concede el cese?

No. El cese de las obligaciones futuras no elimina por sí solo las pensiones que ya se encontraban adeudadas.

05¿Puedo demandar cese si estoy inscrito como deudor?

La inscripción vigente puede provocar la inadmisibilidad de la demanda, salvo que se acompañen antecedentes calificados que permitan aplicar la excepción prevista en la ley.

Evaluación del caso

Cuéntanos por qué estimas que la obligación debe terminar o continuar

Indica la edad del alimentario, si estudia o trabaja, sus antecedentes de salud, el monto vigente, la deuda existente y si ya se realizó mediación.

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